LA IV PARTE DE LAS CONSTITUCIONES
DE LA COMPAÑIA DE JESUS
Y
LA "RATIO STUDIORUM"
Gerardo Remolina, S.J.
(Santiago de Cali, 7 de junio de 1999)
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El objetivo del presente trabajo puede contemplar al menos dos posibilidades:
1) Explorar y fundamentar críticamente las conexiones que existen entre dos documentos pedagógicos fundamentales de la Compañía de Jesús: La IV Parte de las Constituciones y la Ratio Studiorum. A través de este estudio se podría sustentar, por ejemplo, la tesis de que la Pedagogía de los Jesuítas a lo largo de los siglos brotó efectivamente de la espiritualidad e inspiración de Ignacio de Loyola, casi que de su misma pluna, haciendo ver que a diversos capítulos de la Parte IV de las Constituciones corresponden otros tantos desarrollos de la Ratio Studiorum. Este estudio es propio de un historiador y tendría el inmenso valor de afianzar aspectos importantes de la pedagogía jesuítica poniendo al descubierto la fuente de donde promanan.
2) La segunda posibilidad es la de asumir algunos aspectos fundamentales de los dos documentos y proponerlos como puntos de referencia y de iluminación para problemáticas que se plantean en el día de hoy, relativas a la educación y a la pedagogía del aprendizaje. Esto, tanto en lo que toca a los Colegios como a las Universidades. Tales problemáticas son, por ejemplo, la rigidez y/o flexi-bilidad de los currículos, la manera concreta de realizar una formación integral, la interdisciplinariedad en los planes de estudio, la conformación de la comu-nidad educativa, la dialéctica entre profundidad en la formación y extensión de la información (por ejemplo a través del Internet), la presencialidad y virtua-lidad en la docencia, etc.
Ante la realidad de que no soy historiador, y de que me muevo más fácilmente en los campos filosóficos y pedagógicos, decidí escoger el segundo camino, sin prescindir, desde luego de aspectos históricos fundamentales que nos permitan una mayor intelección de los dos documentos. Trataré, pues, no de defender apologéticamente una forma de pedagogía, la ignaciana o jesuítica, nacida y desarrollada en la "Ratio" del siglo XVI ( 1551-1599), y adoptada universal-mente por la Compañía con la edición oficial del P. General Claudio Acquaviva (1599), sino proponerla como un punto de referencia importante en la historia de la Pedagogía de Occidente. Después de la restauración de la Compañía, este documento fue reevaluado en el siglo XIX con leves diferencias y escasas adiciones, por el P.General Roothan (1832) . Tarataré, pues, de poner de relieve algunos aspectos tanto de la Parte IV de las Constituciones, como de la Ratio del P.Acquaviva.
Estas consideraciones nos permitirán abrirnos a desarrollos posteriores, como son los que encontramos en las "Características de la Educación de la Com-pañía de Jesús" del P. General Peter Hans Kolvenbach (1986) y nuestros pro-pios desarrollos. La finalidad de este trabajo no es, pues, apologética o lauda-toria, sino ilustrativa , y pretende tan sólo estimular nuestra reflexión ante los retos que nos planeta el mundo de hoy al comienzo del siglo XXI.
- I -
LA PARTE IV DE LAS CONSTITUCIONES
DE LA COMPAÑIA DE JESUS
Las "Constituciones" son la Carta Magna de la Compañía de Jesús, su "Docu-mento Fundante". Ellas equivalen a la "Regla" de San Agustín, San Benito, San Francisco, Santo Domingo y otros Fundadores con relación a sus respectivas Ordenes y Congregaciones Religiosas. Hablando en términos seculares, equiva-len a la "Carta Fundamental" de un país o estado.
Las Constituciones de la Compañía de Jesús son un conjunto de principios y normas espirituales, ascéticas y apostólicas, que conforman la esencia y natu-raleza de la Compañía. Están concebidas y estructuradas siguiendo la imagen fundamental de un "Cuerpo", en este caso asociativo, o de una "Compañía", no en el sentido militar - como falsamente suele entenderse- sino
en el sentido de un conjunto o grupo de compañeros, para el servicio de Dios y ayuda de los hombres; es decir, de una compañía o cuerpo apostólico.
Este cuerpo se conforma para ser dócil al Espíritu de Dios y realizar una "mi-sión" bajo su guía e inspiración. Las Constituciones pretenden, pues, constituir un Cuerpo para el Espíritu, o si se prefiere, un Cuerpo para la Misión. Esta imagen del cuerpo es la que estructura en X " Partes Principales", hoy diríamos "Capítulos", el conjunto de las Constituciones. Dichas partes son las siguientes:
I - La "Admisión" de los candidatos al Cuerpo de la Compañía para
ser "probados" en su ideoneidad.
II - La "Dimisión" del cuerpo de quienes no han sido encontrados
idóneos.
III - La "Conservación" y formación espiritual (espíritu y virtudes)
de quienes han sido juzgados idóneos parta el pertenecer al cuer-
po.
IV - La Formación intelectual (para juntar virtud con letras) de quie-
nes han sido aprobados como miembros del cuerpo, y preparar a
éste para la misión.
V - La "Incorporación definitiva" al cuerpo, como miembro
"formado"
VI - La "Manera de vivir" en el cuerpo
VII - La "Misión" del cuerpo, sus modos y campos de realización
VIII - La "Unión" al interior del cuerpo y los modos de realizarla y
fortificarla
IX - La "cabeza" del cuerpo (gobierno)
X - La "conservación y aumento" del cuerpo.
De estas diez partes principales, nos centraremos en la IV Parte que es la que de manera más explícita contiene los principios de una pedagogía para la for-mación intelectual, humana y religiosa.
Supuesto lo anterior, debemos comenzar por subrayar que la intención primera de esta parte dice relación a la formación intelectual de los Jesuítas en Colegios y Universidades y sólo de manera complementaria, aunque no menos importan-te, se refiere a los estudiantes no-jesuítas o laicos, que eran admitidos en los Colegios y Universidades para compartir dicha formación. El "cuerpo" de la
Compañía, que como vimos, es la imagen que estructura las Constituciones,
constituye el objetivo primordial de las orientaciones y prescripciones peda-gógicas en lo que toca a una sólida formación intelectual. Pero ya aquí encon-tramos una insinuación que no debemos pasar por alto y que se encuentra explícitamente formulada en el texto de la Cuarta Parte. Si bien los jesuítas se conciben responsables de una misión apostólica, quieren hacer partícipes de ella a todas las personas con quienes conviven o trabajan.
En el caso presente se trata de los estudiantes "externos" que eran de dos clases:, los "bursarii", o becados en el lenguaje de hoy, estudiantes pobres que no tenían con que sufragar sus estudios. La segunda clase de estudiantes exter-nos era la de los "portionistae", es decir la de estudiantes ricos que a veces se podían acoger con la condición de que aportaran su "porción", o en lenguaje moderno el costo de su pensión o matrícula. Las Constituciones optan preferencialmente por los primeros, es decir, por los pobres; los segundos se admiten inicialmente de manera excepcional [438 ] .
El grupo de los estudiantes para los cuales se legisla en las Constituciones está conformado, pues, por miembros aprobados de la Compañía de Jesús y por estudiantes externos, no-jesuitas. A éstos se los admitía a compartir la educa-ción que la Compañía daba a sus miembros aprobados. Y si bien, hay pres-cripciones que se refieren principal o exclusivamente a los jesuitas, dada su opción específica de vida, en general se refieren a todos los estudiantes, ya que los laicos comparten una misma fe y una misma misión a través del bautismo. De esta manera, los Colegios y Universidades comienzan a ser concebidos como verdaderos instrumentos apostólicos en favor de la gente.
Es conveniente también comprender el significado que la expresión "Colegios" y "Universidades" tienen en las Constituciones. Desde el punto de vista acadé-mico, los Colegios desarrollaban un pensum de estudios básicos o propedéu-ticos en el cual se enseñaba la Gramática, tanto vernácula como latina y griega, y se complementaba con la Retórica o elocuencia oral y escrita. La edad conveniente para los estudiantes se precisa entre los 14 y 23 años, "si no fuesen personas que tienen principio de letras" [338] . "Enseñar a leer y escribir también sería obra de caridad, si hubiese tantas personas de la Compañía que pudiesen atender a todo. Pero por falta de ellas, no se enseña esto ordinariamente" [451]. Las Universidades Jesuíticas, por su parte, com-prendían sólo tres Facultades de las cinco que solían constituir las Universi-dades del tiempo. Esas tres Facultades jesuíticas eran: las dos "inferiores", a saber, de Gramática y Filosofía (o Artes) y una de las tres "superiores", a saber, la Teología. Las otras dos Facultades "superiores", a saber, las de Derecho y Medicina, son excluidas explícitamente por las Constituciones [452] .
La IV Parte es la más larga y compleja de las Constituciones. Está compuesta por 17 capítulos, de los cuales los tres primeros se ocupan principalmente de aspectos más particulares de la Compañía como el referente a los Bienhecho-res, a la aceptación de los Colegios y al material de ellos, a su mantenimiento, y a los estudiantes jesuítas que han de ser enviados a ellos. El capítulo cuarto trata de la "conservación" de los estudiantes desde el punto de vista de su salud física, psicológica y espiritual. Establece, por ejemplo,
"que no se estudie en tiempos no oportunos a la salud corporal, y que duerman tiempo suficiente, y sean moderados en los trabajos de la mente, para que puedan durar más en ellos, así en el estudiar, como después en el ejecutar lo estudiado" [339] .
Igualmente se recomienda tener cuidado para que "con el calor del estudiar no se entibien en el amor de las verdaderas virtudes y vida religiosa" [340). El capítulo V trata de los estudios que deben hacer los estudiantes de la Com-pañía, y cómo si tuvieren dificultad en algunas disciplinas , "quien en todo no pudiese, debrería procurar señalarse en alguna" [354].
Un análisis más detenido merece el largo capítulo VI, en el que se propone propiamente el método pedagógico para aprovecharse en los estudios. Las primeras disposiciones se refieren a la voluntad y actitud de los estudiantes:
1. Lo primero que se les exige para que "mucho aprovechen", es tener el alma pura y la "intención del estudiar recta, no buscando en las letras sino la gloria divina" y el bien de los prójimos. [360].
2. A esta actitud corresponde la necesidad de que exista una decisión de "ser muy de veras estudiantes". Es decir, de entregarse del todo a los estudios porque, como en otro contexto dirá san Ignacio, éstos "exigen todo el hombre" [361].
3. Ello implicará, consecuentemente, la necesidad de quitar todos los impedimentos que distraen del estudio, "así de devociones y mortifi-caciones demasiadas o sin orden debida", "como cuidados y ocupacio-nes exteriores" distintas de los mismos estudios [362]. Es decir, es nece-sario suprimir todo aquello, incluso piadoso o apostólico, que pueda qui-tar el tiempo y el esfuerzo requerido por los estudios, para dedicar todas las fuerzas físicas, psicológicas y espirituales a estudiar.
Preparado el sujeto de los estudios con las disposiciones anteriores, la IV Parte de las Constituciones se ocupa inmediatamente del contenido mis-mo de aquellos.
4. Y la primera recomendación es la de que se guarde orden en las ciencias, es decir que exista una organización gradual de las asignaturas de manera que no se pase de una a otra, sin que el estudiante esté sufi-cientemente bien fundado en las que son requisitos de las ulteriores [366]. Por otra parte, los Maestros han de ser "doctos y diligentes y asiduos" [369].
5. Los estudiantes, a su vez, han de ser constantes "en el ir a las lecciones y diligentes en proveerlas, y después de oídas en repetirlas, y demandar lo que no entienden y anotar lo que conviene para suplir la memoria para adelante" [374]. Y a parágrafo seguido se indica la forma de hacer estos ejercicios, a saber: "repitiendo uno y oyendo los otros, y proponiéndose las dificultades que ocurren, y recurriendo al maestro en lo que bien no saben resolver entre sí" [375]
.
6.Un lugar importante ocupan las "disputaciones" o debates de los estudiantes con el maestro, y de los mismos estudiantes entre sí, de acuerdo con la naturaleza de las asignaturas que se estudian (ib.) y la variedad de formas de debate. Estos ejercicios son particulrmente válidos para las Artes (Filosofía) y la Teología escolásticas A este ejercicio de las disputaciones se le consagran tres amplios números.
7. Se recomienda que los estudiantes asistan a estos ejercicios de dispu-tar o "círculos", de sus propias asignaturas, tanto ordinarios como extraordinarios. Y se señala la conveniencia de que al interior del Cole-gio haya "cada domingo o algún otro día de la semana (si especial causa no lo impidiese) después de comer, alguno de cada clase de los artistas (es decir, de los estudiantes de filosofía) y teólogos que será señalado por el Rector, que sustente algunas conclusiones que en escrito pondrá el día anterior en la tarde a la puerta de las escuelas, para que vengan a disputar o a oir los que quisieren. Y después que brevemente hayan probado sus conclusiones, argüirán los que quisieren de fuera y de dentro de Casa, presidiendo alguno que enderece los argumentos, y resuelva y saque en limpio la doctrina de lo que se trata, para utilidad de los que oyen, y dé señal de acabar a los que disputan, compartiendo el tiempo en manera que haya lugar a las disputaciones de todos" [378].
8. Además de las dos formas anteriores de disputaciones se pide que cada día se señale una hora para que se debata ("dispute") en los Cole-gios bajo la presidencia de alguno de los Maestros, "para que más se ejerciten los ingenios y se aclaren las cosas difíciles" [379].
9. Las "disputaciones" de los que estudian Humanidades deberán tener también sus tiempos señalados y algunas veces los estudiantes deberán ejercitarse en composiciones en prosa o en verso, tanto improvisadas como previamente preparadas [380]. Estos ejercicios se complementan con las "oraciones" (discursos) en latín o en griego que harán ante sus compañeros los más avanzados en el conocimiento de la lengua [381]. En las Universidades el ejercicio frecuente de las disputaciones se pres-cribe no sólo para los estudiantes entre sí, sino también para los Maes-tros unos con otros, y siempre bajo la moderación de alguien que ha de impedir la simple discusión y conducir a resoluciones doctrinales [456].
10. Es importante también proveer a los instrumentos de que deben valerse los estudiantes. Presupuesto que debe haber una biblioteca y que los particulares deben tener los libros y cuadernos que les fueren nece-sarios [372], se determina posteriormente el uso que de ellos debe ha-cerse [376].
11. A todos los estudiantes se les recomienda tener tiempos de estudio tranquilo en privado, "estudio particular y quieto para mejor y más largamente entender las cosas tratadas" [384].
12. A todo lo anterior se añaden los estímulos que se proponen, como por ejemplo, crear una sana emulación entre los estudiantes [383), enviar de vez en cuando al Superior Provincial o General algunas muestras de los productos escolares, como composiciones de los humanistas y con-clusiones de los teólogos [383]. Un estímulo muy especial era la inter-vención personal del Rector con los estudiantes. Para ello, el Rector deberá estar muy bien informado del provecho de los estudiantes, para "incitar uy mover y animar a los que lo hubiesen menester" [386].
13. Terminada una asignatura es conveniente repasarla, a manera de síntesis, pero ampliando los conocimientos con la lectura de uno o varios autores que no se hayan visto en la primera vez ; y es conveniente que esta síntesis se ponga por escrito, ordenando y sistematizando los conocimientos adquiridos y sometiendo la síntesis a la aprobación de los Maestros [388-389].
14. Un complemento acerca de la manera de ordenar las clases en cuanto al número de estudiantes y de Profesores, se encuentra en el capítulo XIII de esta misma IV Parte. Si el número de estudiantes es tal que no lo puede atender un solo Maestro, se le deberá dar un ayudante; y si esto no bastare, habrá que dividir la clase o reducirla, según el caso, de manera que haya los Maestros y ayudantes que son necesarios y no más [457].
Al capítulo metodológico que acabamos de reseñar, sigue el Capítulo VII, de orden más bien descriptivo, en el cual se presentan las Escuelas que se tienen en los Colegios de la Compañía. De él vale la pena resaltar la intención fun-damental de aprovechar a todos, tanto jesuítas como laicos, en "letras y buenas costumbres" y por ello se pide que todos sean formados no sólo en la ciencias sino también en la doctrina y vida cristiana [392-399).
El capítulo VIII muestra una intención profundamente práctica. Los estudios son para ayudar a los demás , es decir, para servirles y, por consiguiente, es preciso que junto con los aspectos teóricos se vayan adquiriendo las habili-dades propias del ejercicio de la vocación o profesión. Este capítulo se refiere casi exclusivamente a los jesuitas y por ello los ejercicios que se proponen van dirigidos a una preparación para el ejercicio del ministerio sacerdotal jesuítico: administración de los sacramentos, predicación, enseñanza y dirección de Ejercicios Espirituales.
El capítulo IX toca un punto muy particular que es el "Del sacar del estudio" a aquellos estudiantes que no conviene conservar para que otros puedan aprovecharse en su lugar; y de la forma de enviar a otros sitios a estudiantes que ya han concluido su formación o pueden aprovecharse mejor en otro lugar. Tratándose de las Universidades, esto se complementa con la expulsión de quien es "rebelde o escandaloso", al cual se le podrá echar no sólo fuera de las escuelas, sino fuera de la ciudad y aun ponerlo en la cárcel [444). Así, pues, a quien es incorregible y no le bastan las buenas palabras y amonestaciones "es mejor despedirle de las escuelas, que tenerle donde él no se ayuda y otros reciben daño" [488]
El capítulo X, "Del Gobierno de los Colegios", además de algunas normas que tocan propiamente al régimen interno de la Compañía, se refiere a algunos puntos claves para la educación de los estudiantes.
Uno de estos puntos claves es la persona del Rector. Además de ser al-guien "de mucho ejemplo y edificación", se requiere
"Que sea asimismo discreto, y apto para el gobierno y tenga uso en las cosas agibles (es decir capacidad para el manejo de asuntos prácticos) y experiencia en las espirituales. Que sepa mezclar la severidad a sus tiempos con la benignidad. Sea cuidadoso, sufridor de trabajo(es decir, resistente al trabajo) y persona de letras, y finalmente de quien se pùedan confiar y a quien puedan comunicar seguramente su autoridad los Prepósitos Superiores. Pues cuanto mayor será ésta, mejor se podrán gobernar los Colegios a mayor gloria divina".
Además las funciones propias de un Superior religioso, el Rector deberá procurar que todos "se aprovechen en virtudes y letras; conservando la salud de ellos y también las cosas temporales, así estables como muebles, poniendo los oficiales discretamente, y mirando cómo proceden y deteniéndolos en el oficio o mudándolos, como in Domino le pareciese conveniente; y generalmente mirando que lo dicho en los Capítulos precedentes que a los Colegios toca, se observe; " [424].
Los colaboradores del Rector u "oficiales", hoy diríamos directivos y em-pleados, son también, desde luego, una pieza clave en el gobierno. Cada uno de ellos debe tener sus "Reglas", es decir, su Reglamento o Manual de funciones que deberá repasar una vez por semana [430] para revisar su cumplimiento. Igualmente se pide que haya un orden claro del tiempo para las diversas actividades que han de realizarse [435-436].
Los capítulos XI a XVII, se refieren directamente a las Universidades de la Compañía. Es posible que este pequeño tratado no se deba en su versión actual directamente a Ignacio ya fallecido en ...., sino a la Primera Congregación General, celebrada en ... , la cual, sin embargo, utilizó un texto preexistente.
"Se podrá ella (la Compañía) extender a tomar asunto de Uni-versidades, en las cuales se extienda más universalmente este fruto, así en las facultades que se enseñan, como en la gente que concurre, y grados que se dan para en otras partes con autoridad poder ense-ñar lo que en éstas bien aprendieren a gloria de Dios Nuestro Se-ñor" [440].
Se trata, pues, de un reconocimiento explícito y categórico de la importancia de las Universidades en la prosecución del fin de la Compañía, que es el de buscar en todo la mayor gloria de Dios y ayuda de la gente, razón que se confirma en el capítulo XII [446). Especial importancia, desde luego, se le atribuye a la Facultad de Teología por tratarse del medio más propio para el fin que se pretende [446].
na y de Leyes, "como más remoto de nuestro Instituto" [452], el
abanico de asignaturas se abre a la "universalidad" de las disciplinas
de su tiempo. En lo que toca, por ejemplo a las lenguas, más allá del
latín y del griego se abre la posibilidad del hebreo, del caldeo, del
árabe y del indiano, siempre que fuesen necesarios o útiles para el fin
que se pretende [447 y 449). Se ha de tratar también de "Lógica,
Física y Metafísica y lo moral y también las Matemáticas con la
moderación que conviene para el fin que se pretende" [451].
"Estos no serán de la Compañía. Mas porque tendrán mucho que hacer, serán bien salariados" [500]. Pero lo más importante de este capítulo es, sin duda alguna, la forma como el Rector ha de actuar con sus Oficiales. Debe, ante todo, informarse por medio de ellos acerca de lo que ocurre en las Facultades y en la Universidad; y ha de consultar con ellos, "para que viendo lo que todos sienten, mejor se determine lo que conviene" [502]. "Y aunque no penderá la determinación de los votos de los tales, conviene que sean llamados y oídos. Y el Rector hará la cuenta que conviene del parecer de los más entendidos. Pero si todos fuesen de parecer contrario al suyo, no vaya contra todos sin conferir la cosa con el Provincial" [503].
Conclusiones
Después de este rápido recorrido por la Cuarta Parte de las Constitucio-nes, quisiera poner de relieve 5 características fundamentales que se desprenden, a mi manera de ver, de una lectura cuidadosa:
- II -
LA "RATIO STUDIORUM"
O "SISTEMA PEDAGOGICO DE LOS JESUITAS"
La palabra "ratio" en latín, tiene varias acepciones. La más conocida es la de "razón", pero la acepción más propia es la de "cálculo", "cuenta" y de ahí " la de "organización" y "sistematización". La "Ratio Studiorum" es, pues, la sitematización, organización y método de los estudios en los Colegios y Uni-versidades de la Compañía de Jesús. En ella se halla la concepción filosófica y pedagógica de la educación jesuítica.
La primera "Ratio" surgió en el primer Colegio que tuvo la Compañía de Jesús en Italia ( y segundo en la historia de la Orden). Se trata de la "Ratio" del Co-legio de Mesina, fundado en 1548 por el Padre Jerónimo Nadal, a petición del Virrey de Sicilia y, obviamente, con la aprobación de Ignacio. Llegados a Mesi-na en abril de 1548, los jesuítas se encontraron con que la sede no estaba preparada y comenzaron por ejercitar algunas tareas pastorales y académicas. Ello les dio el tiempo y la oportunidad de preparar más cuidadosamente la apertura del Colegio y de informar a la ciudadanía sobre la naturaleza y carac-terísticas de la fundación que iban a emprender. Para ello prepararon un "Prospecto" de su programa educativo. Fue el primer programa de estudios publicado por un Colegio jesuita. En él se advertía explícitamente que los jesuítas seguirían "el método y orden que se usa en París", es decir, "el modus parisiensis " o sistema de la Universidad de París, alma mater de Ignacio de Loyola y de sus primeros compañeros.
Este programa contrastaba claramente con el "modus italicus", o sistema educa-tivo italiano, que carecía de "método y orden". En Italia los profesores no tenían una agenda para sus clases; las dictaban esporádicamente y los estudiantes podí-an pasar de una asignatura a otra sin guardar ningún orden ni tipo de requisitos o prerrequisitos. Por el contrario, el "modus parisiensis" prescribía clases regula-res; los estudiantes avanzaban en sus estudios por etapas y de acuerdo con los logros alcanzados; el método prescribía ejercicios de repeticiones, exámenes, disputaciones, composiciones escritas y orales, etc. Ciertamente, siguiendo el "modus pariesiensis", los jesuítas llegaban a innovar en el campo educativo.
Como Rector del Colegio de Mesina, Nadal, que era por temperamento un organizador y un legislador, compuso en 1548 lo que llamó las "Constituciones del Colegio de Mesina", documento que dividió en dos partes. La primera trataba de la piedad y buenas costumbres que debían caracterizar al Colegio, y constaba de veinte puntos. La segunda trataba del programa académico y tenía veintiséis puntos en los que se delineaba el currículo. En 1551, antes de que Nadal abandonara Mesina, Ignacio, entusiasmado con las ideas pedagógicas de Nadal, requerido con nuevas solicitudes de fundación de Colegios, y ante la inminente fundación del Colegio Romano, pidió a Nadal que detallara y propu-siera nuevas ideas para la dirección de los Colegios. Nadal, como habáimos dicho, próximo a salir de Mesina, le confió esta tarea a Coudret, cuya Ratio fue aplicada por Ignacio en el Colegio Romano y desarrollada y completada por otro jesuíta: el P. Diego de Ledesma. Y así comenzó la historia de la conforma-ción de la Ratio. Vale la pena considerar esquemáticamente los principales
TEXTOS DE LA RATIO STUDIORUM
Jerónimo NADAL: Mesina (1548-1551)
* Texto primitivo (basado en el "modus parisiensis")
* Precedido por los textos de las Constituciones:
(A) de1550
Aníbal COUDRET: Mesina (1551)
* Continuador de Nadal
* Ordenación del plan de estudios
* Precedido por los textos de las Constituciones:
(A) de 1550
Diego de LEDESMA: Colegio Romano (1564)
* Precedido inmediatamente por el textos de las Constituciones:
* Fruto de la experiencia de muchos métodos, experimentados en
varios lugares.
* Da origen a una amplia consulta (1583) para preparar un nuevo
texto
Claudio ACQUAVIVA: Roma (1586)
* Momento final de la consulta iniciada en 1564
Roma (1591)
* Base para la redacción de la edición definitiva
Roma (1599) Edición definitiva o "Príncipe"
* Acquaviva: La recopila, unifica y promulga oficialmente.
Así culminan 14 años de elaboración,
Experimentación y revisión.
Congregación GENERAL VII: Roma (1616)
* Texto ligeramente retocado
Cuando hoy se abre el índice del texto definitivo de la "Ratio Studiorum", con el deseo de encontrar en él un tratado de educación y psicopedagogía , uno no puede menos de sentir una gran frustración. Los treinta capítulos de que consta llevan, uno a uno, el título de "Reglas", hoy diríamos de "Reglamentos" o normas. Ellas están dirigidas a todos y cada uno de los Directivos, desde el el superior Mayor o Provincial hasta los monitores o "Bedeles" de los cursos, pasando por las distintas clases de Prefectos, de Profesores y Estudiantes y llegando hasta la forma de desarrollar las reuniones de los seminarios o "Academias". Tanta reglamentación, choca a un espíritu contemporáneo, dispuesto a todo lo contrario: a la libertad, la flexibilidad y espontaneidad.
Pero lo que cuenta, más allá de la forma, es el espíritu. Y es aquí donde encon-tramos la primera gran lección pedagógica de la "Ratio": la labor educativa se centra ante todo en las personas: Directivos, Profesores y Estudiantes. Ellos son los verdaderos y grandes protagonistas de la aventura educativa. Cada uno de ellos tiene sus funciones propias dentro del conjunto, las cuales ha desarrollar con un espíritu y un objetivo comunes. Todos ellos, constituyen una "comu-nidad" académica, en la que todos y cada uno son educadores: desde el Provin-cial hasta los Bedeles o Monitores. El resultado final será fruto de la mutua interacción personal.
Un segundo aspecto fundamental que econtramos al recorrer de manera esque-mática la coposición de la "Ratio", es la claridad del fin que se persigue.con la tarea educativa. Éste es en general, el de "juntar virtud con letras", es decir, el de formar personas virtuosas y académicamente competentes. Dicho fin se repite en diversos momentos de la "Ratio" y se formula de maneras diferentes. Así, por ejemplo, al Prefecto de los estudios inferiores se le recuerda que
"... ha sido elegido para ayudar al rector con todo empeño en el gobierno y dirección de nuestras escuelas, de modo que los que las frecuentan aprovechen no menos en la rectitud de vida que en las bellas artes" (XV,1). Y al Prefecto de los estudios Superiores se le indica que debe desempeñar su oficio "de modo que los que las frecuentan (las escuelas) aprovechen lo más posible en probidad de vida y en buenas artes y doctrina a gloria de Dios". (IV, 1).
De manera semejante a la formulación del fin general de los estudios, encontra-mos la del fin particular de todos y cada uno de los cursos, precedida de la des-cripción de su "grado" correspondiente. A título de ejemplo, veamos la des-cripción del grado de Retórica:
"El grado de esta clase no es fácil delimitarlo en términos precisos, pues adiestra al discípulo para la elocuencia perfecta, que comprende dos disciplinas fundamentales, la oratoria y la poética. Ocupando siempre el puesto de honor la oratoria, que no mira sólo a la utilidad, sino que se cuida también de la elegancia en el discurso" (XVI, 1).
La determinación de la finalidad general del proyecto educativo, así como del "grado" propio de cada uno de los cursos y asignaturas , apunta, como efecti-vamente lo hace, a precisar el orden y contenido de cada uno de ellos. En esto consiste propiamente el "sistema educativo": en la ordenación y articulación tanto de los cursos inferiores (Ínfima, Media y Suprema Gramática, Huma-nidades y Retórica), como de los superiores (Filosofía y Teología), y de las diversas asignaturas entre sí.
Pero la tarea de formar personas tiene una meta concreta: prepararse para "servir". Es el servicio de Dios y la ayuda de los prójimos lo que justifica y estructura toda la academia. En las "Reglas comunes de todos los Profesores de la Facultades Superiores" se les prescribe:
"Diríjase la intención particular del profesor, tanto en las lecciones cuando se ofrezca ocasión, como fuera de ellas, a mover a sus oyentes al servicio y amor de Dios y de las virtudes, con las que es preciso agradarle; y a que todos sus estudios los enderecen a este fin" (IV,1).
Como una consecuencia lógica de lo anterior, surge la necesidad de preparar a los estudiantes para la "práctica" del servicio. Lo aprendido hay que asimilarlo, es decir, hacerlo vida y practicarlo en bien de las personas. Tanto en la asimilación como en la práctica es donde encontramos una de las riquezas más notables de la "Ratio". La metodología del aprendizaje.
El proceso de enseñanza-aprendizaje comienza con la "Prelección". Ésta se describe al tratar de las Facultades Inferiores y tiene un orden y unas recomen-daciones particulares según se trate de una u otra asignatura,
".. será de gran provecho que el Profesor no hable improvisando ni desordenadamente, sino sobre lo que haya escrito cuidadosamente en casa, después de leído todo el libro o discurso que tiene entre manos" (XV,27).
E inmediatamente se indica cómo debe ser la estructura de la prelección. Ésta será distinta si se trata, por ejemplo, de un historiador o de un poeta (XV,28), de alguien que explica las reglas de la retórica, o de la métrica, (XV,29), o si se trata de un matemático, un filósofo, etc. Igualmente se indica el tipo de erudi-ción que conviene emplear, las observaciones que debe hacer el Profesor y los asuntos que debe examinar (XVII, 5), etc. Se recomienda la sobriedad y brevedad, de manera que el profesor "No haga digresiones a materias ajenas, ni trate las suyas, unas más extensamente de lo que pide el asunto, y otras fuera de su lugar" (IV,7)
La prelección ha de ser seguida por la "Repetición". Esta constituye una de las piezas claves en el proceso de enseñanza aprendizaje, y va orientada a la asi-
milación profunda.
"La utilidad de esta repetición será doble: una, que lo repetido con frecuencia quedará más profundamente grabado; otra, que aquellos que sean de talento superior acaben los cursos antes que los otros, ya que podrán ascender de grado en cada semestre" (XII,8,# 4).
Las formas de hacer la repetición son muy variadas. Una, la más simple, consiste en que el profesor permanezca
"en la clase o cerca de ella al menos por un cuarto de hora, para que los alumnos puedan acercársele a hacerle preguntas, para exigirles él de vez en cuando razón de las lecciones y para que éstas se repitan" (IV,11).
Las "Reglas" de la "Ratio" están salpicadas aquí allá con recomendaciones y variadas formas de repetición y frecuencia. Ya Diego de Ledesma señalaba en la "Ratio" del Colegio Romano (1557) diez formas distintas de repetición, o de recitar las lecciones:
"Terminadas las lecciones, algunos de los oyentes repasen entre sí de diez en diez, más o menos, durante media hora lo que han oído" (IX,16). Estas repe-ticiones no sólo han de hacerse en clase sino también en casa (IV,11).Lo anterior, obviamente, sólo es posible si ha precedido un estudio privado, sereno y tranquilo, que se recomienda en varios lugares de la "Ratio".
Otro de los ejercicios recomendados para los estudiantes, principalmente para los de las Facultades o Estudios Superiores, es el de las "disputaciones" o "debates". Es claro que éstos se acomodaban más directamente a la Filosofía y la Teología. Dichas disputas eran semanales (IV,14), mensuales (VII, 14; VIII,17) y solemnes (XXVII, 9)
"El sábado, u otro día que requiera la costumbre de la academia, tengan disputas en las clases durante dos horas, y aun por más tiempo, donde haya gran concurrencia de externos" (IV,14). "Tomen también parte en las disputas, en cuanto fuere posible, otros doctores nuestros y profesores, aun de diversas facultades; quienes, para que el debate se anime más, instan en la fuerza de los argumentos que se discuten (..) Lo mismo se les permita hacer aun a los doctores de fuera; y hasta pueden ser invitados por reglamento a argumentar, a no ser que tal costumbre no sea bien vista en algún sitio" (IV,16).
Otras prácticas semejantes, son la "composición" de trabajos escritos: diser-taciones, discursos, sermones, poesías y oraciones en griego y en latín. Las composiciones están complementadas por el "certamen" "o ejercicio escolar (que) consistirá en corregir las faltas que un rival haya descubierto en la com-posición de su contrario; en preguntarse mutuamente" (XVI, 12, cfr. XV,31), etc. En la misma línea pedagógica se hallan para los humanistas la "declama-ción" privada y pública (XVI, 16-17) y las prácticas de "teatro" (XVI,19).
Especial importancia reviste la práctica de las "Academias", que corresponde-rían más o menos a lo que hoy llamamos "Seminarios". "Con el nombre de <academia> (dice la "Ratio") entendemos un grupo de estudiosos, selecto entre todo el alumnado, que se reúne con un Prefecto jesuíta, para tomar parte en especiales ejercicios relacionados con los estudios" (XXV,1). Sus miembros, el papel del moderador, la frecuencia, y la asistencia están regulados en los capítulos XXV a XXX de la "Ratio". Las "Academias" podrán ser también de profesores (II,9), especialmente para prepararse al ministerio de la docencia. Con ellos deberá reunirse el Rector tres veces por semana, durante una hora, con miras a dicha preparación.
Desafortunadamente no es posible, por falta de tiempo, detenernos a ponderar de modo particular la importancia pedagógica de otras observaciones relacio-nadas, por ejemplo, con lo que es un "buen talento" (I,19,#12) y lo que sig-nifica la "medianía" en los resultados académicos .Tampoco podemos pon-derar la importancia de las prescripciones acerca de la "división de las clases" cuando son muy numerosas (I,24,#6-6) , de la dotación de la "biblioteca" (I,33-34; II,16-17) y el uso de los "libros" (III,29-30; XII, 27-28); de la "distribu-ción del tiempo" (III,27), la frecuencia y orden de las "vacaciones" y "fies-tas" (I, 36-37:XV, 16-17), los "exámenes" y su modo de preparación y rea-lización (III,20-23; XII, 10, 14-26; XIII; XV,37), el sistema de "premios" y "estímulos"(II,14); XII,35-36: XIV), los "controles" que hay que emplear (XII,2), las "correcciones" y "castigos" (XII,38-41). Sin embargo, no me resisto a referirme a este último punto:
"El profesor ni sea precipitado en castigar, ni excesivo en inquirir las faltas. Disimule más bien, cuando lo pueda hacer sin daño de nadie"(XV,40)
Vale la pena destacar también lo referente al trato con los alumnos:
"No se muestre más cordial con unos que con otros. Fuera del tiempo de clase, por razón del buen ejemplo, no hable con los discípulos si no es brevemente y de cosas serias, en sitio también patente, es decir, no dentro de la clase, sino a la entrada de la misma. O en el patio, o en la portería del colegio" (XV,47).
Una vez consideradas las "prácticas pedagógicas", y enumerados algunos asuntos de especial importancia, demos una mirada particular en lo que toca a las personas: es decir, a los Directivos, Profesores y Estudiantes.
Al Provincial se le prescribe que "Prevea con mucha anticipación qué profe-sores podrá tener para cada facultad, fijándose en aquellos que parezcan más aptos para cada disciplina: que sean doctos, diligentes y asiduos, y tomen con empeño el adelanto de los estudiantes, así en las lecciones como en otros ejer-cicios literarios (I,4).
Y al Rector se le pide que tenga consultas mensuales, o al menos cada dos me-ses, con todos los maestros de las clases infe0riores junto con los Prefectos para reflexionar conjuntamente sobre su tarea educativa (II,18). Igualmente el Pre-fecto de Estudios debe oir de vez en cuando a los profesores, al menos una vez al mes (III,17).
Al Profesor de las clases inferiores se le pide que:
"Sea por fin en todas las cosas, con la ayuda de la divina gracia, dili-gente y asiduo, preocupándose del adelanto de los discípulos tanto en las lecciones diarias, como en los ejercicios literarios. No tenga aver-sión a nadie, interésese por los estudios del pobre lo mismo que por los del rico, y procure el éxito de cada uno de sus discípulos en particular" (XV,50).
A todos los Profesores se les recomienda ser obedientes, modestos, sobrios, fieles en sus referencias científicas y atentos al bien de sus estudiantes.(IV, 4-8).
Las recomendaciones para los estudiantes tienen dos capítulos diferentes: Uno para los estudiantes externos", otro para los estudiantes jesuitas.
A los Alumnos "externos" se les dice:
"Entiendan los que frecuentan los centros docentes de la Compañía de Jesús en busca del saber, que con la ayuda de Dios y en la medida de nuestras fuerzas, nos ocuparemos de su formación en piedad y demás virtudes, no menos que en las artes liberales" (XXIV, 1).
Y refiriéndose a la conducta que deben observar, prescribe:
"Absténganse por completo de juramentos, ultrajes, injurias, difama-ciones, mentiras, asimismo de juegos prohibidos, como también de lugares peligrosos o prohibidos por el Prefecto. En suma, de todo lo que vaya en contra de las buenas costumbres" (XXIV, 6).
"Por fin, condúzcanse en todo su proceder de modo que fácilmente pueda comprender cualquiera que no están menos interesados en las virtudes e integridad de vida, que en la ciencia y en letras" (XXIV, 15).
Y como desafortunadamente las pasiones y tendencias humanas a la violencia han existido siempre, y no sólo hoy en los ambientes de algunos Colegios colombianos, a los alumnos externos se les prohibe llevar armas a las clases:
"Ninguno de nuestros alumnos entre en el Colegio con armas, dagas, cuchillos o instrumentos semejantes que estuvieren prohibidos por razón del lugar o circunstancias" (XXIV,5).
A los Estudiantes jesuitas del tiempo, quizás no había necesidad de prohibirles las armas, las recomendaciones iban en otro sentido:
"Sean asiduos en la asistencia a las clases y diligentes en prepararlas y después de oídas las lecciones, repetirlas; lo mismo en preguntar lo que no han entendido, y en anotar de lo demás lo que conviniere, para ayudar a la memoria en el futuro" (XXI, 4).
Y como hay que poner todos los medios necesarios no sólo para un trabajo fecundo sino para prevenir los posibles males que se siguen de su intensidad, se recomienda que:
"Nadie se entregue al trabajo de leer o escribir por más de dos horas, sin interrumpir el estudio con un pequeño intervalo de tiempo" (XXI,10).
Conclusiones
Terminada nuestra exploración por la "Ratio Studiorum", podemos quizás formular, amanera de conclusión, las siguientes observaciones:
Quiero terminar esta exposición con lo que quizás he debido comenzarla: explicando el por qué la Compañía de Jesús se ha implicado de una manera tan intensa en la labor educativa de Colegios y Universidades. La primera "Regla" de la "Ratio Studiorum", referente al Superior Provincial, afirma:
"Siendo uno de los ministerios principales de nuestra Compañía ense-ñar a los demás todas las materias que sean conformes con nuestro Instituto, para que con ello se muevan al conocimiento y amor de nues-tro Creador y Redentor, piense el Prepósito Provincial que debe procu-rar con todo empeño que responda en abundancia el fruto a la tan múltiple tarea de nuestras escuelas, como el que exige la gracia de nuestra vocación" (I, 1).
Y ésta es mi palabra final: invitar a todos los aquí presentes a responder gene-rosamente a nuestra vocación de educadores poniendo todo nuestro empeño en hacer que nuestros Colegios y Universidades den el fruto que nuestra sociedad justamente espera de ellos.